En España los mayores de 18 años serán responsables de los delitos que cometan y que vienen recogidos en el Código Penal, esto quiere decir que tendrán que responder ante la Justicia por ello cumpliendo una pena. Pero, ¿qué pasa cuando un menor de edad comete un delito?.
Los menores de 14 a 18 años también serán responsables de los delitos que cometan y que se recogen en el Código Penal, si bien no se les impondrán penas como a los adultos, sino medidas orientadas a la reeducación. Se les hace responder jurídicamente de sus actos mediante un sistema educativo que les haga comprender su comportamiento y evite que vuelva a realizarlo, tal y como se regula en la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores (L.O. 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores).
Dependiendo de la gravedad del delito, de la edad del menor y de la situación personal y familiar del menor, un juez especial de menores podrá imponer una serie de medidas.
En cuanto a la edad se diferencian entre dos tramos; de 14 a 16 años y de 16 a 18 años, constituyendo una agravación para delitos que se hayan cometido mediando violencia, intimidación o peligro para las personas. También se podrá aplicar la ley del Menor a los mayores de 18 y menores de 21 años.

¿Cuáles son las medidas que un Juez de Menores puede imponer a un menor de edad si comete un delito?

A.- MEDIDAS EN MEDIO ABIERTO

1.- Libertad Vigilada, esta es la medida que se impone con más frecuencia en España. Tiene un duración máxima de 2 años y consiste en hacer un seguimiento del menor para que realice aquellas pautas socio-educativas encaminadas a reeducar al menor, controlando que el menor acuda al centro escolar o de formación profesional y comparezca ante el profesional asignado para informar de las actividades realizadas.
2.- Amonestación, consiste en una reprimenda que hace el Juez de Menores al menor dirigida a hacer comprenderle la gravedad de los hechos para que no vuelva a ocurrir.
3.- Prestaciones en beneficio de la comunidad, el menor deberá realizar actividades de interés social no retribuidas con el fin de entender la magnitud del hecho delictivo cometido.
4.- Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo, el menor deberá vivir el periodo de tiempo establecido por el Juez para que le ayuden a reeducarse en sociedad.
5.- Privación del permiso de conducir ciclomotores y vehículos a motor, esta medida se podrá imponer cuando el menor haya cometido un delito utilizando un ciclomotor o vehículo a motor.

 B.- PRIVACIÓN DE LIBERTAD

1.- Internamiento cerrado, los menores residirán en un centro donde realizarán actividades educativas.
2.- Internamiento semiabierto, los menores residirán en un centro pero realizarán las actividades educativas se realizarán fuera del centro
3.- Internamiento abierto, los menores realizarán las actividades educativas residiendo en el centro en los servicios normalizados del entrorno.
4.- Permanencia de fin de semana, los menores permanecerán en su domicilio o en un centro un máximo de 36 horas entre el viernes tarde y domingo por la noche exceptuando el tiempo que deban ocuparse de las actividades educativas.
5.- Internamiento terapéutico en régimen abierto, semiabierto y cerrado.
Los menores vivirán en un centro especializado en tratamiento a alteraciones psíquicas o adicción a drogas.

¿Cuándo prescriben los delitos cometidos por los menores?
5 años si se trata de un delito grave sancionado en el Código Penal con pena superior a 10 años, 3 años cuando se trate de cualquier otro delito grave, 1 año cuando sea un delito menos grave y 3 meses para los delitos leves.

¿Tiene que pagar el menor los daños que haya causado?
Serán los padres o sus tutores los que respondan solidariamente con el menor por los daños causados por los delitos cometidos por el menor.

¿Qué pasa si el menor que comete el delito es menor de 14 años?
La ley no puede exigirle responsabilidad al menor que comete un delito siendo menor de 14 años pero aunque no tenga responsabilidad penal, se te podrá aplicar la ley civil. Esto significa que los Servicios Sociales valorarán la situación del menor y podrá acordar un sistema de reeducación. Los padres responderán civilmente de los daños causados por el menor.

Puedes consultarnos si necesitas ayuda legal en materia de menores.

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